[an error occurred while processing this directive] Nuremberg, crimenes de guerra, crimes contra la humanidad

Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
27 de febrero a 11 de marzo de 1946

Heptagésimo Sexto Día: Jueves, 7 de marzo de 1946
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EL PRESIDENTE: Llamo al estrado al abogado del acusado von Papen.

(El Dr. Egon Kubuschok, abogado del acusado von Papen, y Sir David Maxwell Fyfe, subieron al estrado).

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Si el Tribunal lo permite, indicaré el punto de vista de la fiscalía sobre los testigos solicitados por el Dr. Kubuschok.

EL PRESIDENTE: Muy bien.

SIR DAVID MAXWELL FYFE: El primer testigo es von Lersner, y no hay objeciones. Este testigo comparecerá para cubrir, entre otras cosas, el periodo de la llegada al poder del Gobierno de Hitler, una época de importancia clave en el caso contra von Papen.

Si el Tribunal examina los tres testigos siguientes, hay un punto menor: el testigo Tschirschky fue, hasta donde yo sé, el secretario privado de von Papen de 1933 a febrero de 1935. Es decir, cubrió el periodo de la llegada al poder del Partido Nazi. Y también cubre parte del periodo austriaco.

El testigo siguiente, von Kageneck, también fue secretario privado. No cubre el periodo de la llegada al poder, pero sí todo el periodo austriaco.

El testigo siguiente, Erbach, fue consejero en la Embajada en Viena, es decir, cubre el periodo 1934-1938.

La fiscalía nunca ha estado dispuesta a oponerse a la comparecencia de secretarios que puedan ayudar al acusado a hacer memoria, pero creemos que el testigo Tschirschky es redundante tanto para el periodo de la llegada al poder como para el periodo austriaco, y bastaría con tener interrogatorios por escrito en ese caso. Por tanto, aparte de eso, la fiscalía no se opone a la comparecencia de von Kageneck ni a la de Erbach.

EL PRESIDENTE: Es decir, sugiere interrogatorios para el nº 2 y la comparecencia de los números 3 y 4.

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Sí, Señoría, interrogatorios y la comparecencia de 3 y 4.

EL PRESIDENTE: Sí.

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Y en cuanto al nº 5, el testigo Kroll, la fiscalía alega que es irrelevante. Comparecería para hablar del periodo en el que el acusado fue embajador en Turquía, y se afirma que puede decir que von Papen no tenía intenciones agresivas hacia Rusia. La fiscalía alega que von Papen es realmente la única persona que puede hablar de un asunto así, y la fiscalía no ha visto evidencias de ninguna actividad subversiva del Partido Nazi en Turquía, que es el otro punto del que se dice que este testigo puede hablar.

Los cinco testigos siguientes, 6, 7 8, 9, y 10: el Tribunal concedió interrogatorios, y si todo se limita a interrogatorios, la fiscalía no planteará ninguna objeción.

Número 11, la Baronesa de Nothomb: la fiscalía tiene objeciones a su testimonio, relativo a actos de intercesión en favor de miembros del movimiento de resistencia;

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actos individuales de esa clase, en opinión de la fiscalía, no son realmente relevantes para el caso planteado al Tribunal.

En cuanto al Arzobispo Gröber, si el Tribunal tiene la bondad de mirar el número 12 en la solicitud, en opinión de la fiscalía, los asuntos planteados por las preguntas no son relevantes. La primera es: "¿Las negociaciones para el Concordato entre Alemania y la Santa Sede tuvieron lugar por iniciativa del acusado von Papen?". La segunda parte de esta pregunta es, abreviando, "¿Habló von Papen a Hitler para conseguir que se firmara el Concordato?". Bien, se firmó el Concordato, y lo que realmente le importa al Tribunal es la ruptura del Concordato, hecho del que la fiscalía ha aportado pruebas por escrito.

La segunda pregunta, me temo que no la entiendo, y alego que en su formato actual es irrelevante, además de ser vaga: "¿Se guiaron también las acciones del acusado por su actitud religiosa positiva tras la firma del Concordato?"

La tercera pregunta: "¿Fue bienvenida por el Episcopado Alemán la firma del Concordato?" No creo que esto tenga el menor interés.

Y la cuarta pregunta: "¿Dio el Concordato una base legal a la Iglesia durante las luchas religiosas de ésta?" Y "¿Podía la Iglesia, como último recurso, invocar el Concordato?"

El Concordato está ahí y habla por sí mismo, y como he dicho, la cuestión en este caso es la ruptura del Concordato, no su contenido. Así que estamos en contra del nº 12.

Número 13, el testigo von Beaulieu. Es muy breve, si el Tribunal tiene la bondad de examinarlo: "Presentaré una declaración jurada del testigo que trata la intervención del acusado en defensa de judíos como Presidente del Club de la Unión".

La fiscalía alega que la intervención de un club de carreras en defensa de unos miembros judíos no es un asunto relevante, ni siquiera en el caso relativo a los judíos.

Número 14, el testigo Josten. El Dr. Kubuschok solicita el uso de una declaración que se ha enviado al Tribunal. La fiscalía preferiría que tuviera la forma de una declaración jurada o un interrogatorio si es posible.

EL PRESIDENTE: Es el número 14, ¿verdad?

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Número 14, Señoría, sí.

El número 15 es Su Majestad el Rey de suecia. Es una solicitud nueva y general en su ámbito. Es difícil juzgar lo mucho que podría aportar el Rey Gustavo, y por tanto, la fiscalía no se opone a un interrogatorio por escrito.

EL PRESIDENTE: Sir David, con respecto al 14 el Dr. Kubuschok dice que pidió que se le proporcionara la declaración hecha por el testigo ante el departamento legal del Cuartel General del Gobierno Militar de Dusseldorf. ¿Está en contra de que se le proporcione?

SIR DAVID MAXWELL FYFE: No, creía que la tenía.

Dr. KUBUSCHOK: La recibí esta mañana.

SIR DAVID MAXWELL FYFE: El Dr. Kubuschok dice que la recibió hoy, esta mañana.

EL PRESIDENTE: ¿Se opone a que la presente como prueba?

SIR DAVID MAXWELL FYFE: No, sólo digo que preferiría que tuviera el formato de una declaración jurada o un interrogatorio, si se puede hacer. No tengo ninguna objeción importante.

Dr. KUBUSCHOK: En cuanto a los testigos, querría decir lo siguiente: el testigo nº 1, el Barón Lersner, el Tribunal concedió primero sólo un interrogatorio por escrito. El fiscal ha aceptado hoy la comparecencia del testigo ante este Tribunal. También solicito muy urgentemente que se interrogue a este testigo ante el Tribunal.

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El testigo fue el Presidente de la Delegación de Paz Alemana en Versalles. Es un diplomático alemán muy conocido que desde 1932 ha trabajado muy estrechamente con el acusado von Papen. Un hombre como Lersner tenía por supuesto un conocimiento particularmente extenso de toda política de agresión. Por tanto, es muy importante que este compañero de trabajo del acusado von Papen declare y que se le permita exponernos sus impresiones sobre las actividades del acusado hasta 1944. Es especialmente importante que Lersner, a instancias del acusado von Papen, pudo ir a Turquía.

EL PRESIDENTE: Dr. Kubuschok, creo que Sir David estaba de acuerdo con el nº 1.

Dr. KUBUSCHOK: Sí, si el Tribunal también está de acuerdo, el asunto queda resuelto.

El segundo testigo, Tschirschky. Tschirschky fue secretario privado del acusado de 1933 a 1935, el primer secretario privado durante el tiempo en el que el acusado fue Vicecanciller. Es un hombre que fue perseguido por la Gestapo y tuvo que exiliarse en 1935, donde sigue estando. Es un hombre que puede dar información exhaustiva sobre todo el periodo 1933-1935 sobre la actividad externa del acusado y su actitud de 1933 a 1935.

Creo que, especialmente de la época que comienza a primeros de 1933, no obtendremos una imagen detallada si no escuchamos en persona a este íntimo compañero de trabajo del acusado. Los otros testigos tratan en su mayor parte periodos diferentes. Sólo en algunos casos se solapan con la actividad de este testigo.

Número 5, Kroll...

EL PRESIDENTE: Suponiendo que el Tribunal considerara correcto concederle el nº 2 como testigo oral, ¿no sería posible prescindir del 3 o el 4, obteniendo un interrogatorio por escrito de uno y haciendo comparecer al otro? Tratan más o menos el mismo periodo.

Dr. KUBUSCHOK: Necesitamos sin lugar a dudas tres por las siguientes razones: el testigo Kageneck estuvo presente cuando Hitler le encomendó a Papen la legación austriaca. Es un punto muy importante, ya que la fiscalía alega que se le confió esta misión por los fines de los que se le acusa. El testigo declarará que Papen aceptó la misión sólo después de que se le diera una clara garantía del objetivo de la misión.

Además, el Conde Kageneck también estuvo en Viena después de 1935; es decir, de 1935 hasta el Anschluss, y no tenemos más testigos de ese periodo.

Kageneck también puede confirmar un punto muy importante, que se le confió el traslado de documentos diplomáticos a Suiza y su salvaguarda allí porque de estos documentos se podía extraer una prueba documental de las acciones del acusado en Viena. Por tanto, en mi opinión, tampoco podemos prescindir del testigo Kageneck.

Si pudiéramos prescindir de algún testigo, sería en todo caso el testigo nº 4, Erbach, para el que puedo pedir permiso para usar un interrogatorio por escrito, ya que en este caso también hay preguntas que los otros testigos no pueden contestar.

Testigo nº 5, el Embajador Kroll. Se acusa a Papen de una conspiración para organizar una guerra de agresión. La Acusación no tiene limitación temporal. Durante la mayor parte del periodo en cuestión, de 1938 a 1944, Papen estuvo en una situación que habría sido especialmente adecuada para una acción destinada a minar la paz. Turquía fue durante mucho tiempo un importante pilar en cuestiones militares, y por tanto, políticas. Por ello, es de un gran interés saber si Papen usó su cargo para cualquier acción relacionada con dicha conspiración.

Además, querría presentar pruebas de lo contrario. El hecho es que sus acciones tuvieron como fin preservar la paz y estaba en concreto en contra de cualquier expansión de la guerra por medio de medidas militares contra Rusia, y estuvo

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en contra de toda medida política que tuviera como fin destruir las relaciones entre Turquía y las Potencias Aliadas.

El testigo fue durante el periodo turco el compañero de trabajo más cercano al acusado. Está por tanto en situación de darnos información sobre todo ese periodo. La Baronesa de Nothomb. He pedido en este caso que se permita presentar una declaración jurada o un interrogatorio por escrito. Quiero...

EL PRESIDENTE: ¿De qué número está hablando?

Dr. KUBUSCHOK: Del número 11.

EL PRESIDENTE: ¿No habla de los números 6 a 10?

Dr. KUBUSCHOK: No, estamos de acuerdo en los números 6 a 10.

EL PRESIDENTE: Muy bien, el 11.

Dr. KUBUSCHOK: Número 11, la Baronesa de Nothomb, en este caso pedí un interrogatorio o permiso para presentar una declaración jurada. El tema que trata el testimonio es:

Del año 1940 a 1944 el acusado apoyó continuamente a la testigo en sus intervenciones en favor de miembros perseguidos del movimiento de resistencia francés. Quiero con ello probar que el acusado von Papen demuestra de nuevo en este caso que estaba muy interesado en una construcción pacífica de las relaciones franco-alemanas, y que durante la guerra siempre pensó en la época de posguerra, cuando sería necesario limpiar el veneno de esas relaciones. La intervención del acusado fue también resultado de consideraciones humanitarias generales. Esto tiene una importancia considerable debido al cargo de actividades conspiratorias.

Número 12, el Arzobispo Gröber, la Acusación afirma que el acusado von Papen usó su situación de prominente católico alemán en un sucio juego de engaño, y que la firma del Concordato tuvo lugar mientras se aplicaba una política dirigida contra la Iglesia; y que aunque se firmó el Concordato no había intención de respetarlo, como se pudo ver con las posteriores infracciones del Concordato. El Arzobispo Gröber estaba en la Santa Sede durante las negociaciones del Concordato. Estuvo presente en todas las negociaciones. Sabe que la iniciativa de las negociaciones partió de von Papen, que no obtuvo la aprobación de Hitler hasta más adelante. Sabe que el borrador de Concordato elaborado por von Papen fue rechazado enérgicamente por Hitler, y que Papen sólo consiguió presentar este borrador tras una larga lucha. El testigo conoce muy bien al acusado von Papen. También conoce los sentimientos interiores hacia la cuestión católica con los que el acusado planteó la firma del Concordato. Como dignatario influyente de la Iglesia, también puede juzgar las consecuencias del Concordato. Está en situación de juzgar que el contenido del Concordato seguía siendo tiempo después una protección de los intereses de la iglesia; y debido a su conocimiento de las relaciones personales del acusado y de todas las condiciones de la Iglesia en Alemania, puede testificar si el acusado tuvo algo que ver con las infracciones del Concordato.

EL PRESIDENTE: Dr. Kubuschok, ¿no trata el testigo nº 2 el mismo asunto? Usted dice en su exposición del testimonio que el testigo nº 2 acompañó al acusado a Roma para firmar el Concordato. ¿Puede declarar que a pesar de la dura oposición de Hitler consiguió en el último momento firmar el Concordato? ¿Estuvo entonces presente el testigo en todo el proceso?

Dr. KUBUSCHOK: El testigo Tschirschky fue introducido en las negociaciones sobre el Concordato por el acusado. En mi opinión, es muy importante interrogar también a un testigo que estuvo presente en las negociaciones representando a la otra parte. En particular, este testigo, el Arzobispo Gröber, también podría

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expresar su opinión sobre el periodo posterior, el quebrantamiento del Concordato. Puede juzgar toda la situación desde el punto de vista de la Iglesia mejor que el secretario privado Tschirschky. También puede ofrecer un relato más fiable de la personalidad de von Papen, que en este asunto está estrechamente relacionado con su actividad política. He sido muy modesto en mis peticiones, pero querría pedir urgentemente en este caso que se conceda un interrogatorio por escrito o una declaración jurada del Arzobispo Gröber, ya que está claro que la acusación de que un prominente católico alemán usara su posición con maliciosos fines es muy seria, y el acusado también estaría enormemente interesado en aclarar esta cuestión, dentro del marco de la Acusación e incluso más allá.

Testigo nº 13, una declaración jurada de Herr von Beaulieu, que declarará que el acusado, como presidente de una organización alemana muy grande y destacada, intervino hasta el último momento en favor de los miembros "no arios", según el término empleado en la época. Todo lo que es importante para juzgar el caso de Papen recae, en su mayor parte, en la esfera de lo subjetivo. Veremos muy pocas acciones reales en el caso de Papen. La acusaciones se basan en su mayor parte en el hecho de que estaba presente. Es por tanto relativamente difícil presentar pruebas, y por tanto la refutación debe ser en gran parte de carácter subjetivo. Para juzgar el carácter de una persona en su totalidad, es importante saber, por ejemplo, cuál era su actitud en 1938 hacia la cuestión del trato dado a los judíos, ya que, si Papen se apartó claramente de la línea general seguida por Hitler y los nazis, se podría ciertamente llegar a una conclusión sobre si realmente era el fiel seguidor de Hitler que figura en la Acusación.

Testigo nº 14. He recibido hoy la declaración. Aún no he tenido tiempo de examinarla. Presentaré o la declaración, o una declaración jurada que trataré de obtener.

Número 15, una serie de preguntas a plantear a Su Majestad el Rey Gustavo de Suecia de la manera que sea posible. Es un asunto muy importante. Trata un punto central de la defensa, cómo fue posible para una persona no atada a las ideas del nazismo colaborar hasta cierto punto. ¿Hasta qué punto podía esperar con sus acciones personales el conseguir cambiar cosas o al menos modificarlas? Si en base a las pruebas presentadas probamos que von Papen no sólo agotó sus formas de servir a este fin en Alemania, sino que además, usó sus conexiones políticas extranjeras para este objetivo, creo que esto debería aclarar la imagen del carácter del acusado de una manera importante. Esta fuerte actividad en favor de la paz es de una forma que, en mi opinión, simplemente en base a esas actividades, queda clara la absoluta falsedad y lo insostenible que es ese cargo de la Acusación que dice que el acusado podría haber aprobado los objetivos de una política de agresión dentro del marco de una conspiración.

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Con la venia, con respecto a los documentos números 1 a 8, la fiscalía solicita al Dr. Kubuschok que presente los fragmentos, y así podremos considerar su relevancia. Creo que el Dr. Kubuschok tiene el nº 9.

Dr. KUBUSCHOK: Sólo tengo en mi poder la copia fotostática que recibí de la fiscalía.

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Lo siento. Debería haber dicho que tenía una copia fotostática, pero la fiscalía ha certificado la copia fotostática. No podemos obtener el original en este momento. Si lo conseguimos, le permitiremos verlo al Dr. Kubuschok.

El tercer punto es que el Dr. Kubuschok dice que puede que tenga que hacer una solicitud adicional después de que vuelva Herr von Papen Jr. Es por supuesto asunto suyo y del Tribunal. La fiscalía no tiene objeciones.


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