[an error occurred while processing this directive] Nuremberg, crimenes de guerra, crimes contra la humanidad

Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
27 de febrero a 11 de marzo de 1946

Heptagésimo Sexto Día: Jueves, 7 de marzo de 1946
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[continúa el Dr. FLAECHSNER]

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No sólo el ministerio del acusado Speer, sino además especialmente otras autoridades de la administración del Estado se ocuparon de esa cuestión que la acusación ha planteado al Tribunal, y las autoridades se solaparon en sus jurisdicciones. Hubo muchas ocasiones en las que no se podía determinar la jurisdicción de una autoridad individual, así que de cuando en cuando se tenía que buscar una solución. Todo esto son cuestiones importantes si el Tribunal quiere juzgar hasta qué punto estas acusaciones de la fiscalía, en especial las relacionadas con el empleo de trabajadores extranjeros, están fundadas. Además tenemos que considerar que un acusado involucrado desde el principio en este complejo de cuestiones económicas, que podría habernos ayudado mucho a aclarar la cuestión de la jurisdicción, el acusado Ley, que como jefe del Frente de Trabajo Alemán ejerció un importante papel en la cuestión de la utilización de mano de obra, es decir, en el cuidado de los trabajadores utilizados, este acusado, Ley, ya no se encuentra entre nosotros. La cuestión del uso de mano de obra extranjera de la que la fiscalía acusa principalmente al acusado Speer debe tratarse en más detalle. Por esta razón solicité que se permita a un experto como ayuda al Tribunal aclarar estas cuestiones puramente técnicas de la utilización de mano de obra.

La selección de ese experto no es fácil. Propuse que alguno de los caballeros que trabajan en la Sección Económica en Washington podría haber examinado la cuestión del ministerio de Speer, y que podría comparecer como experto ante este tribunal. Según me dijeron, ese departamento ya no existe, y las personas que dieron la impresión al acusado Speer, durante un interrogatorio, de dominar realmente la materia, ya no están disponibles. Pero aún hay aquí una autoridad Aliada, que se dedica con toda seguridad a cuestiones económicas. Y quizás sería posible seleccionar a una persona adecuada dentro del círculo de caballeros que trabajan aquí que estaría en situación de aclarar estas cuestiones en beneficio del Tribunal.

Paso ahora a la cuestión de los testigos. En primer lugar tengo que corregir una impresión errónea que puede haberse formado la fiscalía. Dicen que los testigos números 1 a 5... no, 1 a 6, 8, 10 y 12...

EL PRESIDENTE: Si ha terminado con la cuestión del equipo de expertos, este es un buen momento para hacer el descanso.

(Se hizo un receso).

Dr. FLAECHSNER: Sr. Presidente, paso ahora a la cuestión de los testigos, y querría hacer una observación general antes de comenzar.

Los testimonios que ofrecerán los testigos, como ya he solicitado por escrito, son algo más extensos por esta razón: los testigos que podrían haber ofrecido un conocimiento más completo de la situación no pueden testificar. Me refiero a los antiguos jefes de armamento del Ejército, el General Fromm, y Schieber, que durante muchos años fue el jefe de la oficina central del ministerio de Speer. Los nombres que he includio en mi lista son en parte hombres que trabajaron en este ámbito en fechas posteriores. Por ejemplo, el testigo Hupfauer, que se lista como el número 1, trabajó

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en este ámbito sólo a partir del 1 de enero de 1945, es decir, apenas cuatro meses, como jefe de la oficina central, un cargo anteriormente ejercido por Schieber.

Sé muy bien que si menciono un cierto número de testigos que trabajaron en el ministerio de Speer se creará la impresión de que estos testigos pueden ser redundantes, ya que se les interroga sobre los mismos puntos. En realidad, no es el caso. Aunque los testigos trabajaron en el ministerio de Speer, no trabajaron como funcionarios típicos, es decir, como un funcionario público en una oficina.

El ministerio de Speer, como institución de guerra, se organizó en líneas totalmente diferentes a las de un ministerio normal. Las funciones principales quedaban delegadas en propietarios de industrias, que se encargaban de ellas en un departamento. Rohland, el testigo nº 2, trabajaba por ejemplo como director de las Fundiciones de Acero Unidas; el testigo nº 4 fue director de la Zellwell A.G.; el testigo nº 6, un empresario y propietario de una fábrica textil; el testigo nº 9, el director de las Minas de Alta Silesia y de Huetten A.G. Además de estas funciones, tenían funciones especiales en el ministerio de Speer. Por tanto, sólo pueden hacer declaraciones sobre pequeñas secciones, sobre las funciones delegadas en ellos. No puedo por tanto aceptar la sugerencia de la fiscalía de seleccionar sólo a dos de estos caballeros.

No sé de cuánta información dispone cada uno de estos caballeros de las cuestiones que les plantearé. No estoy en la afortunada situación de la fiscalía, que puede interrogar a sus testigos con antelación y averiguar lo que saben. Debo basarme en un interrogatorio por escrito y sólo puedo intuir que están en situación de responder a las preguntas que se les envíen. Si hiciera caso a la sugerencia de la fiscalía y seleccionara sólo a dos o tres de estos caballeros, podría ocurrir con casi total seguridad que seleccione a las personas equivocadas, los que no saben nada. Por tanto, no puedo prescindir de ninguno de estos testigos, que tratarán el asunto principal del caso contra el acusado Speer: la utilización de trabajadores extranjeros.

En la lista de testigos mencioné brevemente los detalles de lo que declararán estos testigos. Creo que es innecesario que dé mayores explicaciones; creo que mis explicaciones son más que suficientes.

Paso ahora a la cuestión del testigo nº 7. Ya se me ha concedido este testigo. No creo que sean necesarias más explicaciones.

En cuanto a Malzacher, el testigo nº 9, la fiscalía afirma que este testigo sería redundante teniendo el testigo nº 1. Pero no es así. La cuestión vital que expondrá este testigo es la cuestión de cómo llevó a cabo el departamento de trabajo la distribución de mano de obra entre las diversas industrias. La segunda cuestión que tratará es si, y hasta qué punto, los departamentos del ministerio de Speer y las industrias tuvieron oportunidad de influir en la distribución de la mano de obra disponible. Este testigo es de una importancia decisiva en esta cuestión. Tengo otras preguntas que hacerle a este testigo, e incluiré en el interrogatorio cuestiones relacionadas en particular con la destrucción, etc.

Quería que mi lista fuera lo más concisa posible, y por tanto sólo mencioné los puntos principales. Solicito por tanto que se admita este testigo, ya que usaré el interrogatorio por escrito sólo en la medida en que los testigos puedan exponer en ellos algo que sea realmente relevante. Si me devuelven algún interrogatorio sin información relevante, por supuesto, me abstendré de abusar del tiempo y la paciencia del Tribunal y no presentaré ese interrogatorio.

La fiscalía opina que los testigos 12 y 13 son redundantes. No es correcto. Quizás me expresé de forma demasiado concisa al indicar los hechos sobre los que declararán estos testigos.

La fiscalía ha presentado, seguramente sólo por casualidad, un documento, el 3568-PS, que contenía un interrogatorio en el que se daba información sobre la pertenencia de Speer a las SS. Este documento, según el acusado Speer,

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no procedía de él, y por tanto nombro a su secretaria como testigo de este hecho, es decir, se le debería enviar un interrogatorio por escrito.

El testigo 13 declarará sobre un asunto completamente diferente. El Reichsführer de las SS Himmler tenía intención de alistar a Speer en las SS e incorporarlo a su personal. El testigo Wolff recibió de Himmler la declaración oficial que debía entregar a Speer. Y Wolff testificará que nunca se entregó esta declaración a Speer, por lo que no puede haber dudas sobre la no pertenencia de Speer a las SS.

Aunque sea, en comparación con los demás cargos de la Acusación, un punto menor, debe de todas formas tenerse en cuenta porque la fiscalía ha presentado el documento 3568-PS y lo ha usado como prueba en su caso.

Estoy de acuerdo con que puedo prescindir de interrogar al testigo nº 22.

En cuanto al interrogatorio de los demás testigos, solicito que se me permita recurrir a interrogatorios por escrito.

EL PRESIDENTE: ¿Me permite preguntarle si tiene algo que decir sobre el nº 14? Sin duda, la secretaria puede testificar el hecho de que el acusado estuvo enfermo en la primavera de 1944...

Dr. FLAECHSNER: Sí, Sr. Presidente, no incluí esta cuestión en el interrogatorio, pero puedo añadirlo, y podremos prescindir del testigo 14.

EL PRESIDENTE: Sir David, ¿cree usted que aceleraría la cuestión o ayudaría a la defensa del acusado que se le permitiera enviar todos estos interrogatorios y que después los examinara con usted para que vieran qué puede ser redundante?

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Sí, estoy más que dispuesto a hacer eso. Son todos testigos que ofrecerán su testimonio por escrito, así que estoy dispuesto a ello...

EL PRESIDENTE: Bien, el Tribunal estudiará ese aspecto del asunto.

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Si el Tribunal lo considera adecuado, estoy dispuesto a ayudar.

EL PRESIDENTE: Entonces puede ahora tratar los documentos, Dr. Flaechsner. ¿O lo hará Sir David?

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Señoría, los documentos 1 a 8 alegan que el acusado Speer estuvo en contra de la importación en Alemania de mano de obra extranjera, y parecen relevantes, excepto el nº 1, que parece más bien un non sequitur, ya que la cantidad usada en la industria armamentística no parece tener ninguna relación, por lo que podemos ver, con la convención sobre prisioneros de guerra de 1929. Y el nº 6, sobre el reclutamiento de mujeres en Alemania, parece un tanto alejado del tema tratado. Pero quizás estos asuntos se podrán tratar más adecuadamente cuando el abogado de la defensa trate de presentar los documentos.

Los números 9 a 13 exponen la actitud general del acusado Speer hacia el trato dado a los trabajadores extranjeros, y por tanto parecen ser relevantes. El nº 14 trata el punto sobre el que creo que sería deseable disponer también del testimonio del testigo Milch.

Los números 15 a 18 son informes que exponen lo desesperada que fue la situación económica alemana a partir de junio de 1944. La fiscalía no tiene objeciones por el momento. Por supuesto, todas estas cuestiones tendrán que ser consideradas cuando se use el documento. Los números 19 a 41 tratan todos las acciones del acusado Speer destinadas a evitar la destrucción de puentes, ferrocarriles, canales y otras infraestructuras durante las últimas semanas de la guerra. Pueden hacer variar la sentencia, y por tanto la fiscalía no tiene objeciones.

Quizás el docto abogado de la defensa podrá indicarnos las citas que quiere presentar sobre este asunto. No es una cuestión sobre la que la fiscalía haya presentado ninguna prueba en contra, y por tanto, si el abogado nos indica cuáles son los puntos que quiere presentar, quizás podremos llegar a un acuerdo y acortar la presentación.

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En cuanto a los documentos 38 a 41, se dice que están en poder de la delegación francesa. No están en poder de la delegación francesa en este momento, pero han pedido que se los envíen aquí.

Creo que esto expone nuestro punto de vista sobre los documentos.

Dr. FLAECHSNER: Querría comentar brevemente un factor. El documento nº 1 es de interés sólo si el Tribunal decide buscar a un experto para tratar los temas generales que describí al Tribunal antes del receso.

Un experto, por fines prácticos un experto industrial, puede sacar conclusiones del antiguo plan de distribución que el jurista por lo general no está en situación de determinar. Si el experto es considerado superfluo por el Tribunal, el documento nº 1 será también superfluo, por lo que puedo ver.

Los otros documentos que he solicitado son importantes, pero no porque, como parece asumir la fiscalía, esté tratando de presentar pruebas de que no queríamos ningún trabajador extranjero. Esto no se debería expresar tan deliberadamente.

El acusado Speer tenía como misión producir armamento, y necesitaba trabajadores para ello. No tiene la más mínima intención de negar o tratar de atenuar su responsabilidad en ese aspecto. Pero lo que tengo que considerar importante, y para este fin estos documentos que solicito son esenciales, es el definir hasta qué punto es responsable el acusado.

Creo que con esto quedan explicados los documentos.

EL PRESIDENTE: No tengo muy claro si está sugiriendo que el Tribunal debería convocar al equipo de expertos o si querría usted nombrar a las personas que constituirían ese equipo.

Dr. FLAIECHSNER: Quiero dejar la selección de expertos en manos del Tribunal. En este momento, no tendría ocasión de encontrar a una persona adecuada. Soy plenamente consciente de todas formas de que en el Departamento de Economía de Guerra había personas que serían muy adecuadas como expertos, y que disponen de los conocimientos necesarios para juzgar estas cuestiones.

EL PRESIDENTE: Entonces, suponiendo que el Tribunal no aceptara su solicitud de nombrar a un equipo de expertos, ¿no hay nadie que quisiera añadir a su lista de interrogatorios?

Dr. FLAECHSNER: Creo que no, Sr. Presidente.

Sólo tengo una petición más. Este experto debería dar su opinión sobre si las cifras dadas por Herr Deuss en su declaración jurada, documento 2520-PS, podrían sostenerse ante un examen más detallado.

En esta declaración jurada Herr Deuss indicó estadísticamente cuántos de los trabajadores empleados en Alemania eran trabajadores extranjeros en la industria armamentística.

Se pueden plantear objeciones técnicas importantes al método de computación usado por Herr Deuss. Si el Tribunal no concede el uso de un experto en este asunto, querría pedir permiso para hacerle algunas preguntas a Herr Deuss, por supuesto en forma de interrogatorio por escrito, para darle la oportunidad de comprobar sus cifras.

La declaración jurada dada por Herr Deuss y las afirmaciones que contiene fueron consideradas relevantes por la fiscalía en su momento. Asumo que las objeciones a las cifras de Herr Deuss también serán consideradas relevantes. Tendría entonces que pedirles permiso para llamar su atención, por medio de un interrogatorio, sobre estos puntos que en mi opinión son técnicamente incorrectos.

EL PRESIDENTE: Gracias.

CORONEL POKROVSKY: Por favor, discúlpenme. No he tenido tiempo de intercambiar opiniones sobre el asunto con mi amigo, Sir David, y con el resto de mis colegas. Por tanto, en este momento estoy expresando sólo el punto de vista de la Delegación Soviética sobre la cuestión de los expertos.

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No considero que el nombramiento de un equipo de expertos sea un método que resuelva un problema que quizás podría reconocerse como correcto. Nos oponemos a la introducción de expertos para la aclaración de circunstancias que interesan al acusado Speer y su abogado, como se indica en el documento que han presentado. No consideramos correcto que una cuestión como el procedimiento que regía las peticiones de mano de obra para el ministerio de Speer, y la ratificación de estas peticiones por Sauckel, así como la asignación de trabajadores hecha por las oficinas de trabajo locales competentes, requiera el estudio de un equipo de expertos. No consideramos correcto que cuestiones como planes técnicos procedentes del ministerio de Speer requieran la opinión de expertos.

Podría decir lo mismo de todos los puntos posteriores. Nos inclinamos a defender el punto de vista según el cual todos estos problemas pueden ser resueltos adecuadamente por el Alto Tribunal, y sin la intervención de expertos. Por tanto, la fiscalía soviética se opone a la concesión de esta solicitud, y pide al Tribunal que rechace la solicitud de un equipo de expertos.

EL PRESIDENTE: Que suba al estrado el abogado del acusado von Neurath.

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Con la venia, en cuanto a los testigos del acusado von Neurath, la fiscalía no tiene objeciones al nº 1, el Dr. Koepke, que fue el director de la División Política del Ministerio de Exteriores.

El nº 2, el Dr. Gauss, es un testigo ya concedido al acusado Ribbentrop.

En cuanto al tercero, el Dr. Dieckhoff, el Tribunal concedió este testigo el 19 de diciembre, pero la fiscalía, tras considerar el fundamento de la solicitud actual, sugiere respetuosamente que se puede recurrir a un interrogatorio por escrito.

Dr. VON LUEDINGHAUSEN (abogado del acusado von Neurath): Sr. Presidente, estoy de acuerdo, y ya he redactado un interrogatorio que será entregado hoy al Secretario General. Pero quiero reservarme el derecho a pedir que, si se dan determinadas circunstancias, cuando se me devuelva el interrogatorio, se haga de todas formas comparecer ante el Tribunal al testigo. Pero en principio, estoy de acuerdo con que declare a través de un interrogatorio por escrito.

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Se lo agradezco.

Y lo mismo opina la fiscalía del nº 4, el testigo Prufer. Es nuevamente en su mayor parte un asunto histórico, y sugerimos un interrogatorio por escrito. No hay objeciones a que se use la declaración de este testigo en este Tribunal.

Dr. VON LUEDINGHAUSEN: Le envié hace ya unas semanas el interrogatorio al Secretario General. Supongo que me lo devolverán respondido pasado un periodo de tiempo razonable.


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